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¿Es delito usar inteligencia artificial para desnudar a menores?

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¿Es delito usar inteligencia artificial para desnudar a menores?

El desarrollo de herramientas de inteligencia artificial capaces de modificar imágenes ha generado nuevas preocupaciones jurídicas. En los últimos años han aparecido aplicaciones que permiten alterar fotografías para simular desnudos o contenido sexual, incluso cuando la imagen original no tenía ningún contenido de este tipo.

Cuando estas herramientas se utilizan para crear imágenes sexuales de menores, surgen importantes dudas jurídicas. Muchas personas se preguntan si estas prácticas pueden considerarse pornografía infantil o si existe responsabilidad penal cuando el material ha sido generado mediante inteligencia artificial.

En este artículo explico cómo puede encajar este tipo de conductas dentro del Código Penal y por qué el uso de inteligencia artificial para crear imágenes sexuales de menores puede tener consecuencias penales.

La pornografía infantil en el Código Penal

El delito de pornografía infantil se regula en el artículo 189 del Código Penal. Esta norma castiga distintas conductas relacionadas con material que represente a menores en actividades de carácter sexual.

La ley no se limita únicamente a fotografías o vídeos obtenidos mediante grabaciones reales. El concepto de pornografía infantil puede abarcar también representaciones o imágenes generadas por medios tecnológicos cuando representan a menores en contextos sexuales.

Esto significa que el análisis jurídico no depende únicamente de si la imagen es real o ha sido creada mediante herramientas digitales.

El uso de inteligencia artificial para crear imágenes sexuales

En los últimos años han aparecido programas que permiten modificar imágenes mediante inteligencia artificial. Algunas de estas herramientas permiten alterar fotografías para simular desnudos o crear imágenes sexualizadas a partir de una fotografía original.

Estas prácticas suelen basarse en lo que se conoce como tecnologías de deepfake, que utilizan algoritmos para generar imágenes manipuladas que pueden parecer reales.

Cuando este tipo de herramientas se utilizan para crear imágenes sexuales de menores, la situación puede tener relevancia penal.

Aunque el material haya sido generado artificialmente, puede representar a un menor en un contexto sexual, lo que puede encajar dentro del concepto de pornografía infantil previsto en el Código Penal.

Por qué estas prácticas pueden constituir delito

El objetivo de la normativa penal en materia de pornografía infantil es proteger la indemnidad sexual de los menores.

Por este motivo, el Código Penal no se limita únicamente a castigar las imágenes obtenidas mediante grabaciones reales, sino también aquellas representaciones que sexualizan a menores.

Cuando una herramienta de inteligencia artificial se utiliza para generar imágenes sexuales de un menor a partir de una fotografía real, puede producirse una afectación grave a su dignidad y a su intimidad.

Además, este tipo de imágenes pueden difundirse posteriormente a través de internet o redes sociales, lo que puede agravar el perjuicio para la persona afectada.

La difusión de imágenes creadas con inteligencia artificial

Otro aspecto especialmente relevante es la difusión de este tipo de imágenes.

Cuando una imagen manipulada mediante inteligencia artificial se comparte con otras personas o se publica en internet, el daño para la persona afectada puede aumentar considerablemente.

La difusión de material sexualizado de menores, incluso cuando ha sido generado mediante herramientas digitales, puede tener consecuencias penales si encaja dentro de los supuestos previstos en el Código Penal.

El impacto en los menores afectados

El uso de inteligencia artificial para crear imágenes sexuales de menores puede tener consecuencias especialmente graves para los menores afectados.

Este tipo de material puede afectar a su dignidad, a su intimidad y a su desarrollo personal. Además, la difusión de estas imágenes en internet puede provocar situaciones de acoso, humillación o exposición pública.

Por este motivo, las autoridades y los tribunales analizan con especial atención este tipo de conductas cuando implican a menores de edad.

Cómo se investigan estos casos

Las investigaciones relacionadas con imágenes manipuladas mediante inteligencia artificial suelen centrarse en el análisis de la actividad digital.

Las autoridades pueden examinar dispositivos electrónicos, cuentas en redes sociales o aplicaciones utilizadas para generar o compartir este tipo de imágenes.

También puede analizarse el origen de las imágenes y la forma en la que se han difundido.

La prueba digital vuelve a desempeñar un papel fundamental en este tipo de procedimientos.

Conclusión

El desarrollo de herramientas de inteligencia artificial ha abierto nuevas posibilidades tecnológicas, pero también plantea importantes retos desde el punto de vista jurídico.

El uso de programas de inteligencia artificial para generar imágenes sexuales de menores puede encajar dentro del delito de pornografía infantil cuando estas imágenes representan a menores en contextos sexuales.

Por este motivo, estas conductas pueden tener consecuencias penales, especialmente cuando las imágenes se difunden o se comparten con otras personas.

La rápida evolución de la tecnología hace que este sea un ámbito en constante desarrollo, en el que la interpretación jurídica seguirá evolucionando para garantizar la protección de los menores.

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Bárbara Antich

Bárbara es abogada penalista con una sólida trayectoria en la defensa de casos penales.
Con 10 años de experiencia en el ejercicio de la abogacía, ha desarrollado un enfoque estratégico y práctico tanto en la defensa penal como en la enseñanza de la profesión a otros abogados. Su conocimiento abarca desde la defensa penal hasta la optimización de la carrera jurídica, combinando la práctica tradicional con una visión innovadora del sector.

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