Saber que te han denunciado por agresión sexual puede generar muchas dudas: ¿me van a detener?, ¿cuándo tendré que declarar?, ¿pueden imponerme una orden de alejamiento?, ¿qué pruebas se van a investigar?, ¿puedo aportar conversaciones de WhatsApp?
Lo primero que debes saber es que una denuncia por agresión sexual inicia —o puede dar lugar al inicio de— un procedimiento penal en el que tendrán que investigarse los hechos.
Que exista una denuncia no significa que exista una condena. Tampoco significa que el procedimiento vaya necesariamente a llegar a juicio.
Sin embargo, desde el momento en que sabes que has sido denunciado o investigado por un delito de agresión sexual, es importante contar con asesoramiento jurídico y empezar a preparar adecuadamente tu defensa.
En este artículo te explico qué puede pasar si te denuncian por agresión sexual y cómo se desarrolla, con carácter general, el procedimiento penal.
No existe una única respuesta.
Dependiendo de las circunstancias, puedes conocer la existencia de la denuncia porque recibas una citación judicial para declarar como investigado, porque seas detenido o incluso porque tengas conocimiento de la investigación por otras vías.
A partir de ese momento, es importante conocer exactamente qué hechos se te atribuyen y en qué situación procesal te encuentras.
Tienes derecho a contar con asistencia letrada y a ejercer todos los derechos reconocidos a cualquier persona investigada en un procedimiento penal.
Y uno de los primeros pasos de tu defensa debería ser precisamente estudiar qué se denuncia, qué diligencias se han practicado y qué elementos probatorios existen.
Sí, es posible, pero una denuncia por agresión sexual no implica automáticamente una detención.
En algunos casos, la persona denunciada será citada directamente por el Juzgado para comparecer como investigada.
En otros, dependiendo de las circunstancias de los hechos y de la investigación, puede producirse una detención policial.
Si eres detenido, tienes derecho, entre otras garantías, a conocer los hechos que se te atribuyen, a guardar silencio, a no declarar contra ti mismo y a contar con asistencia letrada.
La decisión sobre si declarar en dependencias policiales debe valorarse con tu abogado teniendo en cuenta las circunstancias concretas del caso.
También puede ocurrir que no seas detenido y recibas directamente una citación para comparecer ante el Juzgado.
En ese caso, no conviene esperar al día de la declaración para empezar a preparar tu defensa.
Siempre que procesalmente sea posible, tu abogado deberá conocer previamente las actuaciones y analizar qué hechos se te atribuyen y qué elementos existen en la investigación.
A partir de ahí podrá valorarse la estrategia defensiva y, entre otras cuestiones, si interesa prestar declaración en ese momento y en qué términos.
Una declaración como investigado no debería improvisarse.
Como investigado tienes derecho a guardar silencio y a no declarar contra ti mismo.
También puedes contestar a todas las preguntas, responder únicamente a algunas de las partes o decidir prestar declaración en otro momento procesal cuando corresponda.
No existe una estrategia válida para todos los procedimientos.
En determinados casos puede resultar conveniente declarar desde el principio. En otros puede ser preferible acogerse al derecho a no declarar hasta conocer mejor la investigación o disponer de determinados elementos probatorios.
La decisión debe adoptarse después de estudiar el procedimiento, no siguiendo reglas generales encontradas en internet.
Sí.
Durante la tramitación de un procedimiento por agresión sexual pueden adoptarse medidas cautelares destinadas, entre otras finalidades, a proteger a la persona denunciante y asegurar el correcto desarrollo del procedimiento.
Dependiendo de las circunstancias del caso, puede acordarse, por ejemplo, una prohibición de aproximación o de comunicación.
Esto significa que el investigado no puede acercarse a la persona protegida ni comunicarse con ella en los términos establecidos en la resolución judicial.
Es fundamental respetar escrupulosamente cualquier medida cautelar acordada judicialmente.
Incumplir una prohibición de aproximación o comunicación puede generar nuevas consecuencias penales con independencia del resultado final del procedimiento por agresión sexual.
En determinados casos, sí.
Pero estar investigado por un delito de agresión sexual no implica automáticamente ingresar en prisión provisional.
La prisión provisional es una medida cautelar excepcional y para acordarla deben concurrir los requisitos establecidos legalmente.
El Juzgado deberá valorar las circunstancias concretas del procedimiento y los fines que justificarían la medida, como el riesgo de fuga, determinados riesgos para las fuentes de prueba o el riesgo de reiteración delictiva en los supuestos legalmente previstos.
Por tanto, no puede afirmarse que una denuncia por agresión sexual vaya a provocar necesariamente el ingreso en prisión provisional.
La fase de instrucción tiene como finalidad investigar los hechos y determinar si existen elementos suficientes para continuar el procedimiento contra la persona investigada.
Las diligencias dependerán completamente del caso.
Entre otras, pueden resultar relevantes:
la declaración de la persona denunciante;
la declaración del investigado;
declaraciones de testigos;
conversaciones de WhatsApp u otras aplicaciones;
mensajes en redes sociales;
fotografías o vídeos;
informes médicos o forenses;
informes psicológicos cuando proceda;
grabaciones de cámaras de seguridad;
datos de geolocalización u otros elementos tecnológicos;
informes policiales y periciales.
No todos los procedimientos necesitan las mismas pruebas.
Precisamente por eso, una defensa penal adecuada no consiste únicamente en esperar a conocer el resultado de la investigación. También puede ser necesario proponer diligencias o aportar elementos que permitan contrastar la versión de los hechos que se está investigando.
Si te han denunciado por agresión sexual, no borres conversaciones, fotografías, vídeos ni otros archivos relacionados con los hechos.
Las comunicaciones anteriores y posteriores al encuentro pueden tener relevancia probatoria.
Esto no significa que una determinada conversación permita por sí sola determinar si existió o no consentimiento en un acto sexual concreto.
Sin embargo, los mensajes pueden aportar información relevante sobre las circunstancias del caso, la relación existente entre las personas implicadas o determinados hechos anteriores o posteriores.
También es importante conservarlos adecuadamente.
Una captura de pantalla puede resultar útil inicialmente, pero dependiendo de la controversia sobre su autenticidad puede ser necesario acreditar el contenido de las comunicaciones mediante otros mecanismos.
Por eso, antes de borrar, modificar, restaurar o manipular un dispositivo que pueda contener información relacionada con el procedimiento, consulta con tu abogado.
En general, no es recomendable intentar solucionar personalmente la situación contactando con la persona denunciante.
Y, evidentemente, si existe una prohibición judicial de comunicación, debes cumplirla estrictamente.
Incluso cuando todavía no exista una medida cautelar, mensajes enviados después de conocer la denuncia pueden incorporarse al procedimiento y adquirir relevancia probatoria.
No intentes conseguir que retire la denuncia, modificar su versión de los hechos o convencerla para que realice determinadas manifestaciones.
Si existe alguna cuestión que deba trasladarse o gestionarse, hazlo a través de tu defensa.
No necesariamente.
Durante la instrucción se practican las diligencias necesarias para determinar si existen indicios suficientes para continuar el procedimiento.
Si el Juzgado considera que no existen elementos suficientes para sostener una acusación, el procedimiento puede ser sobreseído.
Si, por el contrario, existen indicios suficientes y alguna de las acusaciones formula acusación, el procedimiento podrá continuar hasta la celebración del juicio oral.
Por eso, una denuncia no equivale a una condena, pero tampoco debe minimizarse el procedimiento durante su fase inicial.
La instrucción puede resultar determinante para el posterior desarrollo del asunto.
Si el procedimiento llega a juicio oral, las acusaciones formularán sus conclusiones y solicitarán, en su caso, la pena que consideren correspondiente.
La defensa podrá oponerse a la acusación, proponer prueba y sostener la versión y calificación jurídica que considere procedentes.
Durante el juicio se practicarán las pruebas admitidas: declaraciones, testigos, periciales, documentos, comunicaciones u otros elementos incorporados al procedimiento.
Después de valorar la prueba practicada, el tribunal dictará sentencia absolutoria o condenatoria.
¿Qué se considera agresión sexual en España? Requisitos y penas
Si sabes que existe una denuncia contra ti, hay algunas decisiones que conviene adoptar desde el primer momento.
No borres mensajes ni archivos relacionados con los hechos.
No contactes con la persona denunciante para intentar solucionar la situación por tu cuenta.
Conserva cualquier elemento que pueda resultar relevante para reconstruir lo ocurrido.
Y busca asesoramiento jurídico antes de prestar declaración o tomar decisiones que puedan afectar posteriormente a tu defensa.
Una de las mayores dificultades de estos procedimientos es que buena parte de la estrategia defensiva empieza a construirse durante las primeras actuaciones.
Si te han denunciado o estás siendo investigado por un delito de agresión sexual, es importante estudiar el procedimiento desde sus primeras fases.
La estrategia dependerá de los hechos denunciados, las pruebas existentes, las diligencias practicadas y las circunstancias concretas del caso.
Como abogada penalista, puedo estudiar las actuaciones, explicarte en qué situación procesal te encuentras y diseñar contigo la estrategia de defensa adecuada para tu procedimiento.
Puedes contactar conmigo para solicitar una primera consulta y valorar tu caso.
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